Condiciones generales de prestación de servicios

De acuerdo con la Ley General de Telecomunicaciones (11/2022 de 28 de junio), se resumen las condiciones generales de prestación de los servicios de telecomunicaciones ofrecidos por SETEL Conecta S.L.:

 

  1. Objeto

El objeto del presente Contrato es la prestación al CLIENTE de los servicios solicitados en la carátula del presente Contrato, por SETEL Conecta S.L., con domicilio social en C/ Colombia 45 puerta 9, 37003 Salamanca, y con CIF B37562709 (en adelante el OPERADOR). 

 

  1. Duración del Contrato

El presente Contrato entrará en vigor desde que la solicitud realizada por el CLIENTE, (a través de la solicitud de contratación correspondiente) se considera validada y el servicio queda activado (se han completado correctamente todos los datos de la solicitud de contratación, está correctamente firmada y el CLIENTE ha aceptado las presentes Condiciones Generales), con una duración de 24 meses a partir de la fecha de activación del servicio, pudiendo el CLIENTE resolverlo  en cualquier momento con una antelación mínima de dos días hábiles al momento en que ha de surtir efectos. Una vez cumplido el periodo de vigencia de este Contrato, se prorrogará automáticamente por el mismo periodo, pudiéndose también resolver en cualquier momento con un preaviso mínimo de dos días hábiles. 

 

  1. Precio del Servicio

Se aplicarán las tarifas vigentes en cada momento y de conformidad con la modalidad de acceso a internet elegida por el CLIENTE, que reconoce su conocimiento con la firma del presente contrato. Se aplicarán asimismo los impuestos vigentes en cada momento.

El OPERADOR se reserva el derecho de modificar unilateralmente las tarifas, así como las condiciones reguladoras de los SERVICIOS en base a motivos técnicos y/o comerciales comunicando este hecho al CLIENTE antes de su entrada en vigor. EL CLIENTE tiene el derecho de resolver el contrato sin penalización en caso de disconformidad y no aceptación, para lo cual deberá indicarlo por escrito al correo electrónico info@setelconecta.com. El uso del servicio una vez comunicado el incremento de tarifa será considerado como aceptación de las nuevas condiciones. 

 

  1. Facturación y forma de pago

4.1. Facturación. En la factura quedarán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los servicios prestados. Las cuotas de alta se facturarán en el primer periodo de facturación que, de conformidad con los criterios de facturación usuales del OPERADOR, corresponda a la fecha de activación.

A no ser que se haya solicitado otro tipo de Facturación, se efectuarán facturas mensuales, cada una de las cuales se corresponderá con el mes de emisión. La primera factura se calculará según los criterios usuales del OPERADOR a este respecto y a prorrata de los días que transcurran desde la fecha de prestación del servicio hasta el último día del mes de facturación. En el caso en que por razones técnicas no fuese posible facturar al CLIENTE en el periodo correspondiente, el OPERADOR podrá presentar al cobro la factura en los siguientes periodos.

 4.2. Pago. El abono de las cuotas se efectuará a mes vencido, por domiciliación bancaria haciendo el cargo en el banco el día 11 del mes. El pago se efectuará en el momento en que la Entidad de Crédito en que se encuentre domiciliado reciba la comunicación del OPERADOR. La elección de cualquier otro medio de pago alternativo se pactará por las partes simultáneamente a la firma del presente Contrato.

El impago por el CLIENTE de las cantidades debidas por la utilización del Servicio en la fecha en que se deba realizar el pago según factura implicará la obligación para el CLIENTE de pagar un interés de demora igual al interés legal del dinero, incrementado en dos por ciento (2%), así como los gastos ocasionados por la devolución del recibo (3€) y el impago de la factura y sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento. El recibo devuelto, así como las cantidades anteriores, deberán ser abonadas en efectivo en las oficinas del OPERADOR o mediante transferencia bancaria. Si el CLIENTE tiene más de dos facturas devueltas, pasa a facturación anticipada, teniendo que hacer los pagos mediante transferencia bancaria antes del día 5 de cada mes. 

 

  1. Depósito de garantía

El OPERADOR podrá exigir a su CLIENTE la constitución de un depósito de garantía, tanto en el momento de contratar como durante la vigencia del contrato, en los términos establecidos en la normativa aplicable. El depósito de garantía podrá constituirse en efectivo o mediante aval bancario, a elección del CLIENTE. El requerimiento de constitución de depósito se hará por cualquier medio que permita dejar constancia de su recepción por el CLIENTE, con una antelación mínima de quince (15) días a su constitución. La no constitución del depósito por el CLIENTE facultará al OPERADOR para suspender el servicio, dar de baja al CLIENTE o desestimar su solicitud de alta, de conformidad todo ello con la normativa vigente. El OPERADOR contará con un plazo de quince (15) días para devolver el depósito desde el momento en que tenga obligación de hacerlo. 

 

  1. Suspensión por impago e interrupción definitiva del Servicio

6.1. Suspensión por impago. Si el CLIENTE no atendiera el pago total o parcial de las cantidades adeudadas transcurrido el plazo indicado en la notificación a éste del cargo, el OPERADOR podrá suspenderle temporalmente el servicio. La suspensión temporal no exime al CLIENTE de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas. Pudiendo el OPERADOR pasar cargo de reactivación de este por importe 25€+IVA.

6.4. Interrupción definitiva del Servicio. El retraso en el pago por un periodo superior a un (1) mes o la suspensión temporal del contrato en dos ocasiones por mora en el pago de los servicios correspondientes, darán derecho al OPERADOR a la interrupción definitiva del servicio y a la correspondiente resolución del contrato, previa notificación al CLIENTE con 15 días hábiles de antelación indicando la fecha en la que tendrá lugar la misma.  El OPERADOR hará efectiva la desconexión en el plazo de diez (10) días desde la recepción de la solicitud. El CLIENTE dispondrá de este mismo plazo para entregar en las oficinas del OPERADOR el equipamiento cedido y/o alquilado para la prestación del servicio. Expirado este plazo sin haberse producido la entrega anterior se facturará el importe de este. 

 

  1. Calidad de servicio. Indemnizaciones

7.1. Calidad de servicio. El OPERADOR se compromete a prestar los servicios conforme a los niveles de calidad establecidos en la normativa vigente. El OPERADOR prestará al CLIENTE el Servicio de Acceso a Internet con la velocidad contratada, que podrá alcanzar la velocidad máxima señalada en las diferentes modalidades en función de la contratada por el CLIENTE, su ubicación y zona de cobertura. La velocidad especificada se refiere a velocidades máximas alcanzables en la red de datos por la que el OPERADOR presta el servicio. La velocidad de acceso a internet dependerá en cada momento, del tráfico de internet, del número de internautas simultáneos y de otros factores técnicos asociados a la red, por lo que el OPERADOR no puede garantizar que el CLIENTE disponga de la velocidad contratada en todos los casos, y la velocidad podrá ser inferior a la velocidad máxima en la red de datos por la que el OPERADOR presta el servicio. No obstante, lo anterior, el OPERADOR cumplirá con la velocidad mínima, ascendente y descendente, establecida por la legislación vigente, y realizará sus mejores esfuerzos para que el CLIENTE disponga de la máxima velocidad posible técnicamente con el servicio que corresponda.

7.2 Indemnización por interrupción del servicio de acceso a internet. En el supuesto que durante un periodo de facturación y por motivos enteramente achacables al OPERADOR, el CLIENTE sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a Internet, el OPERADOR deberá compensar al CLIENTE con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción. 

El OPERADOR indemnizará automáticamente al CLIENTE, en la factura correspondiente al período inmediato al considerado, cuando la interrupción del servicio, se haya producido de manera continua o discontinua, y sea superior a seis horas en horario de 8 a 22. No será de aplicación lo dispuesto en los apartados anteriores, y  el OPERADOR no indemnizará al CLIENTE cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes: (i) incumplimiento grave por el CLIENTE de las condiciones contractuales (ii)  daños producidos en la red debido a la conexión por el CLIENTE de equipos terminales que no hayan evaluado la conformidad, de acuerdo con la normativa vigente. 

 

  1. Mantenimiento del Servicio

El OPERADOR se hará cargo del mantenimiento del servicio contratado por el CLIENTE, procediendo a la resolución de las incidencias y averías que pudieran producirse a la mayor brevedad posible, para lo cual El OPERADOR dispone de un Servicio de Atención al CLIENTE, al que podrán dirigirse en el horario comercial aplicable en cada momento. 

 

  1. Seguridad

El CLIENTE es responsable de la custodia diligente y mantenimiento de la confidencialidad de las contraseñas, claves de acceso o sistemas de cifrado o encriptación de comunicaciones, que sean facilitados por el OPERADOR. Dichos mecanismos de seguridad solo podrán ser utilizados por el CLIENTE. 

 

  1. Atención al CLIENTE y reclamaciones

El CLIENTE tiene a su disposición un Departamento de Atención al CLIENTE, con el que podrá contactar bien en la dirección postal indicada en la Condición general 1, en los teléfonos 923 099 660 y 900 899 092 o en la dirección de correo electrónico info@setelconecta.com

 En el caso de que el CLIENTE no esté de acuerdo con la prestación del Servicio deberá dirigir la reclamación por escrito al domicilio social del OPERADOR indicado en la Condición General 1, por teléfono a través del Servicio de Atención al CLIENTE del OPERADOR  923 099 660 y 900 899 092 o por correo electrónico info@setelconecta.com, en el plazo de un (1) mes desde el momento en que tenga conocimiento del hecho que motive la reclamación o queja.  EL OPERADOR asignará un número de referencia a la reclamación. En el caso de que el CLIENTE no hubiera obtenido respuesta satisfactoria del OPERADOR en el plazo de un (1) mes, podrá dirigirse durante los tres (3) meses siguientes, a la Junta Arbitral de Consumo o a la secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. 

 

  1. Secreto de las comunicaciones

El OPERADOR se compromete a adoptar e instalar las medidas y los medios técnicos que sean exigibles por la legislación sectorial vigente, en función de las infraestructuras utilizadas para garantizar el secreto de las comunicaciones en su tránsito a través de la red del OPERADOR. En concreto en lo relativo a la Interceptación legal de las comunicaciones se estará a lo dispuesto en el Capítulo II del Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de Comunicaciones Electrónicas, el Servicio Universal y la Protección de los Usuarios. El OPERADOR queda exonerado de cualquier responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el CLIENTE de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general, de cualquier acción u omisión por éste que quebrante el secreto de las comunicaciones. No obstante, lo anterior, el CLIENTE autoriza expresamente a que se realicen grabaciones de las conversaciones que el CLIENTE mantenga con el Servicio de Atención al CLIENTE del OPERADOR a fin de dejar constancia de las contrataciones u otras acciones efectuadas, así como cuidar la calidad del servicio. 

 

  1. Protección de los datos personales

A los efectos de lo dispuesto en la normativa vigente relativa a la protección de datos de carácter personal, el OPERADOR informa al CLIENTE de la existencia de un fichero automatizado de datos de carácter personal creado y bajo la responsabilidad de   Setel Conecta, SL, con la finalidad de realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con los clientes. Asimismo le informa del carácter facultativo de contestar a los datos personales solicitados en el presente contrato y en caso de cumplimentarlos, sobre la posibilidad de ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales, telefónicamente llamando al número de Atención al CLIENTE del OPERADOR 923 099 660 y 900 899 092 donde se les explicará el procedimiento a seguir  o mediante comunicación escrita acompañada de fotocopia de su D.N.I. a la dirección del domicilio social indicado en la Condición General 1 del presente contrato. El CLIENTE, mediante la firma del presente contrato, presta su consentimiento expreso para:

1) Que los datos personales facilitados formen parte del mencionado fichero. 

2) La cesión a las empresas del grupo del OPERADOR y al canal de distribuidores y agentes que, en su caso colaboren con el OPERADOR en la contratación de los diferentes productos y/o servicios, de los datos de carácter personal contenidos en el mencionado fichero con fines de comunicación comercial, contratación de nuevos servicios o prestación de servicios de valor añadido.

 3) Utilizar sus datos de tráfico con fines de promoción comercial o prestación de servicios con valor añadido. El CLIENTE podrá retirar en cualquier momento su consentimiento para el tratamiento de sus datos de tráfico dirigiéndose al Servicio Atención al CLIENTE del OPERADOR.

4) Remitirle Comunicaciones Comerciales a través del correo electrónico que en su caso facilite, de conformidad con lo establecido en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio electrónico (LSSICE), sin perjuicio del derecho del CLIENTE a poder revocar su consentimiento en cualquier momento posterior enviando un documento por escrito al domicilio social indicado en el punto 1 del presente contrato

5) Recibir llamadas con fines de venta directa realizadas mediante sistemas de llamada automática. En cualquier caso, el CLIENTE podrá retirar su consentimiento al respecto dirigiéndose al Servicio Atención al CLIENTE del OPERADOR.  El OPERADOR se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología.

 

  1. Uso Lícito del Servicio 

El CLIENTE se compromete a hacer un uso lícito del servicio prestado conforme a la normativa vigente, al orden público, a los principios de buena fe y a abstenerse de llevar a cabo conductas que vulneren derechos de terceros, así en particular y de forma no exhaustiva, se prohíbe la publicación o transmisión de cualquier contenido que a juicio de  El OPERADOR resulte violento, obsceno, abusivo, ilegal, racial, xenófobo, o difamatorio, o cualquier otro contenido que vulnere los derechos de propiedad intelectual de terceros o la utilización del servidor con fines de spamming. La utilización de los servicios objeto de descripción en las presentes Condiciones Generales, podrá exclusivamente destinarse al ámbito profesional o privado y para uso exclusivo en el domicilio que el CLIENTE haya indicado para la prestación del servicio. Queda expresamente prohibida la realización de actos de reventa o comercialización de los servicios a terceros ajenos a la prestación de este, o, en cualquier caso, de compartición de recursos fuera del domicilio para el que haya solicitado la prestación del servicio.

 

  1. Equipos

El OPERADOR vende o alquila al CLIENTE los equipos necesarios para la prestación de sus servicios.  El OPERADOR no se hace responsable del retraso en la entrega, instalación o integración de los equipos, y muy especialmente que se deban a retrasos del fabricante de los equipos o retrasos imputables al propio CLIENTE. El OPERADOR no responderá de los daños directos o indirectos, por daño emergente o lucro cesante, interrupción del trabajo, averías, fallos o pérdidas o que se deban a causas de fuerza de mayor.

Dado que el OPERADOR no fabrica los equipos, éstos estarán sujetos a los términos y condiciones de la garantía correspondiente del fabricante de estos. El OPERADOR no hace otra declaración ni otorga garantía de ninguna naturaleza respecto a los equipos, ya sea expresa o implícita, incluida, sin limitación la garantía implícita de comerciabilidad o aptitud para un uso o destino específico. 

El CLIENTE está obligado a conservar los equipos en condiciones adecuadas para la óptima prestación de los servicios de telecomunicaciones contratados con el operador. El CLIENTE se abstendrá de manipular, él mismo o por medio de terceros, los equipos durante la vigencia del contrato de modo que se altere en cualquier forma la configuración y/o prestaciones de estos.  A no usar los equipos, durante la vigencia del contrato, con finalidad distinta a la establecida en el presente contrato.  A usar los equipos conforme a las instrucciones proporcionadas por el OPERADOR y cumpliendo las condiciones previstas para la licencia de software que sea concedida, en su caso, junto con los equipos. Cuidar de forma diligente los equipos, y a conservarlos en perfecto estado para su funcionamiento y conservación. El CLIENTE se responsabiliza de cualquier deterioro o menoscabo total o parcial de los equipos, sin perjuicio del desgaste natural como consecuencia de su uso durante el período de vigencia del presente Anexo. No mover, modificar, reubicar o interferir de cualquier forma los equipos. No instar a que se reparen, revisen o mantengan los equipos salvo por un representante autorizado del OPERADOR. Respetar el derecho de propiedad que el OPERADOR mantiene sobre los equipos y no cederlos, hipotecarlos, ni subarrendarlos a persona natural o jurídica, salvo que conste por escrito el consentimiento expreso del OPERADOR para ello. Cumplir con las condiciones económicas fijadas en el presente contrato. El CLIENTE será responsable de todos y cada uno de los daños de los equipos ocasionados por (i) un acto u omisión del CLIENTE o por incumplimiento del CLIENTE de las condiciones del presente contrato, o (ii) el funcionamiento defectuoso o el fallo de cualesquiera de los equipos o instalaciones suministrados por el propio CLIENTE.

 Los equipos son propiedad del OPERADOR, quien se reserva su dominio mientras tanto el CLIENTE no haya pagado la totalidad del precio de adquisición pactado. Caso de ser requerido a tal fin, el CLIENTE se obliga a otorgar el correspondiente contrato de venta a plazos con reserva de dominio en modelo oficial para su inscripción en el Registro Mercantil competente. Ante el impago total o parcial del precio de venta pactado, el OPERADOR podrá, a su elección:

  1. Exigir el cumplimiento del contrato y, en consecuencia, el pago de la cantidad adeudada y sus intereses;
  2. Optar por la resolución de la compraventa y retirar el equipo del domicilio del CLIENTE y, en este segundo supuesto, retener en concepto de indemnización por incumplimiento toda cantidad pagada por el CLIENTE hasta dicho momento a cuenta del precio de venta pactado. Los equipos en alquiler son propiedad el OPERADOR durante toda la vigencia del contrato. Una vez resuelto el mismo, el CLIENTE deberá hacer entrega de este en las oficinas comerciales del OPERADOR o bien abonar su importe según tarifa indicada en la carátula del presente contrato.

 

  1. Cesión a terceros. Reventa del servicio

Este contrato es personal y el CLIENTE sólo puede cederlo con consentimiento escrito del OPERADOR. El OPERADOR podrá ceder el contrato previa comunicación al CLIENTE. Queda expresamente prohibida la utilización de los Servicios por parte del CLIENTE para su reventa, cesión, o explotación comercial a terceros. En caso de incumplimiento de la presente condición, el OPERADOR podrá retirar o suspender cautelarmente la prestación del Servicio de acceso a internet, comunicándolo debidamente al CLIENTE sin necesidad de preaviso. 

 

  1. Resolución del contrato

El presente contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratos. Por otra parte el CLIENTE tendrá derecho a resolver este contrato en cualquier momento, telefónicamente llamando al número de Atención al CLIENTE del  OPERADOR 923099660 o mediante solicitud escrita acompañada de fotocopia de su DNI y de un breve escrito firmado en el que solicite la baja el cual deberá dirigir al domicilio social del OPERADOR indicado en la Condición General 1 del presente contrato, con una antelación mínima de dos (2) días hábiles al momento en que ha de surtir efectos Salvo en casos de suspensión temporal o interrupción definitiva del servicio por impagos, instada por el CLIENTE la resolución por incumplimiento contractual, la eficacia de este requerimiento será inmediata, absteniéndose las partes de reclamarse las obligaciones recíprocas derivadas del contrato que se generen con posterioridad a la fecha del requerimiento, en tanto no se resuelva la reclamación por incumplimiento que debe formular el CLIENTE. Además de por las causas previstas anteriormente tanto por mora de pago por parte del CLIENTE en el período establecido en la legislación vigente, como por la reiteración de la suspensión temporal del servicio por mora de pago del CLIENTE según la legislación aplicable, podrá quedar también resuelto en caso de que el CLIENTE no haya devuelto firmada una copia del contrato dentro de los treinta días naturales siguientes a haberlo recibido, al finalizar el plazo del título habilitante del OPERADOR para la prestación del servicio o a la pérdida del mismo sin que medie dolo o negligencia por su parte, así como por cese en las actividades propias del objeto social, por incumplimiento grave del CLIENTE de las obligaciones que se derivan del presente contrato, incluido el mal uso o uso abusivo que pudiera realizar del servicio. En cualquiera de estos casos el CLIENTE no tendrá derecho a indemnización alguna. La resolución del contrato no exonerará al CLIENTE del pago de los servicios utilizados hasta el momento de la resolución, pudiendo en todo caso el CLIENTE reclamar de EL OPERADOR las cantidades que hayan resultado indebidamente cobradas. Fuera de estos supuestos el OPERADOR abonará al CLIENTE si fuera procedente, y sin perjuicio de los daños y perjuicios aplicables, las cantidades que por resolución del contrato le debiere. En concreto, si bajo la modalidad de facturación trimestral y cuando no exista o en su caso haya expirado el periodo mínimo de permanencia, el cliente cursase baja sin haber consumido el servicio durante los 3 meses indicados en su última factura, tendrá derecho al abono de la parte proporcional del tiempo no disfrutado una vez entregado el equipamiento en cesión y/o alquiler que aún poseyera.

 

  1. Legislación aplicable

El presente contrato se regirá por la legislación española aplicable.

 

  1. Modificación del contrato

El contrato y sus Condiciones, incluidas las condiciones económicas y las tarifas del servicio, podrán ser modificadas por el OPERADOR en cualquier momento, por motivos, técnicos, operativos, económicos, de servicio o de mercado, previa comunicación al CLIENTE de conformidad con la legislación vigente. Cualquier modificación contractual deberá ser comunicada a los clientes afectados con una antelación mínima de un (1) mes. Si el CLIENTE no estuviera de acuerdo con las nuevas condiciones contractuales, podrá resolver el contrato (según el procedimiento indicado en el apartado de Resolución del Contrato de las presentes Condiciones Generales) comunicándoselo al OPERADOR, sin que ello conlleve penalización alguna. En caso contrario se entenderá que el CLIENTE acepta las modificaciones.  

 

  1. Derecho de desconexión de determinados servicios

EL CLIENTE podrá ejercitar su derecho de desconexión de determinados servicios, entre los que se incluyen: el de llamadas internacionales y a servicios de tarificación adicional. Debiendo al OPERADOR indicado en la Condición General 1, por teléfono a través del Servicio de Atención al CLIENTE del OPERADOR (923099660 ó 900899092) o a través del correo electrónico: info@setelconecta.com.

La desconexión de dichos servicios será GRATUITA a no ser que tenga algún cargo asociado que le indicará con anterioridad el OPERADOR.